Donación en vida impuestos
¿Cuánto se paga de impuesto por recibir una donación en vida de mis padres?
Projekt-Plan
Determina dónde tributarás. Para dinero o bienes muebles, rige la comunidad donde el donatario (tú) haya residido más tiempo en los últimos 5 años. Para bienes inmuebles, rige la comunidad donde esté la vivienda.
- Clasifica el parentesco: Como hijo, perteneces al Grupo II (descendientes de 21 años o más) o Grupo I (menores de 21), lo que activa las mayores bonificaciones en 2025/2026.
- Define si es metálico, inmueble o participaciones.
Aplica los beneficios fiscales vigentes:
- Madrid, Comunidad Valenciana y Castilla y León: Bonificación del 99% de la cuota (solo pagas el 1%).
- Andalucía: Exención de hasta 1.000.000 € para hijos (Grupo I y II).
- Canarias: Bonificación del 99,9%.
- Cataluña: Reducción de 100.000 € para hijos, con tipos impositivos del 5% al 9% tras la reducción. Nota: Si es dinero para vivienda habitual, muchas regiones tienen reducciones adicionales del 100% hasta ciertos límites (ej. 250.000 € en Madrid).
Para disfrutar de las bonificaciones del 99% o exenciones, es obligatorio realizar una escritura pública.
- Si donas dinero, el Notario debe hacer constar el origen de los fondos (ej. extracto bancario del padre).
- Si donas un inmueble, se requiere el título de propiedad original y el último recibo del IBI.
- Firma el documento junto a tus padres.
Dispones de un plazo de 30 días hábiles desde el día siguiente a la firma de la escritura.
- Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria de tu Comunidad.
- Cumplimenta los datos del donante, donatario y el valor del bien.
- Aplica la bonificación correspondiente calculada previamente.
- Realiza el pago telemático si la cuota no es cero.
Si la donación incluye una vivienda o terreno, tú (el donatario) debes pagar este impuesto al Ayuntamiento.
- Tienes 30 días hábiles de plazo.
- Puedes elegir entre el método real (diferencia entre valor de adquisición y transmisión) o el sistema objetivo (valor catastral x coeficientes 2025/2026).
- Si el valor del suelo no ha subido desde que tus padres compraron, puedes solicitar la no sujeción.
Tus padres (donantes) podrían tener que declarar la donación en su Renta del año siguiente como si fuera una venta.
- Dinero: No genera IRPF para el donante.
- Inmuebles/Acciones: Si el valor actual es superior al que ellos pagaron, deben tributar por la ganancia (19%-28%).
- Exención: Si donan su vivienda habitual y tienen más de 65 años, están exentos de pagar IRPF por esta ganancia.
Solo necesario para bienes inmuebles.
- Acude al Registro con la escritura pública y el justificante de haber pagado (o presentado) el Modelo 651 y la Plusvalía Municipal.
- Este paso es vital para que la propiedad figure legalmente a tu nombre ante terceros.
Conserva la escritura, los modelos de autoliquidación (651 y Plusvalía) y los justificantes bancarios.
- El plazo de prescripción para revisiones de Hacienda es de 4 años desde que finaliza el plazo de presentación voluntaria.