Herencia y sucesiones
¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en mi comunidad autónoma y cómo reducirlo?
Projekt-Plan
Obtén el documento oficial que acredita el fallecimiento. Puedes pedirlo de forma presencial o telemática en la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Es gratuito y necesario para cualquier trámite posterior.
Listo, cuando: Dispones del certificado original o con firma digital en formato PDF.
Transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento, solicita estos certificados para saber si existe testamento y qué seguros de vida tenía el causante. Utiliza el Modelo 790 para pagar la tasa correspondiente (aprox. 3,80€ por certificado).
Listo, cuando: Tienes ambos certificados que confirman la existencia o ausencia de testamento y seguros.
Si el certificado de últimas voluntades indica que hay testamento, acude a la Notaría donde se otorgó. Si no hay testamento, deberás tramitar un 'Acta de Declaración de Herederos Abintestato' ante Notario (si son familiares directos).
Listo, cuando: Tienes en tu poder la copia autorizada del último testamento o el acta de herederos.
Lista todos los activos:
- Bienes inmuebles: Solicita Notas Simples en el Registro de la Propiedad.
- Saldos bancarios: Pide certificados de saldo a fecha de fallecimiento en cada entidad.
- Vehículos: Consulta en la DGT.
- Deudas: Incluye préstamos o hipotecas pendientes para deducirlas de la base imponible.
Listo, cuando: Tienes una lista exhaustiva con valores de mercado y certificados bancarios adjuntos.
El impuesto se paga en la comunidad donde el fallecido tuvo su residencia habitual la mayor parte de los últimos 5 años. Esto determina si aplicas beneficios fiscales drásticos (como el 99% en Madrid o Andalucía) o tipos más altos (como en Asturias o Cataluña).
Listo, cuando: Has confirmado la normativa autonómica aplicable según el último domicilio fiscal del causante.
Lee las estrategias de optimización fiscal para 2025/2026. Enfócate en las reducciones por vivienda habitual (95% hasta límites regionales) y por transmisión de empresa familiar (95-99%).
Listo, cuando: Has identificado al menos dos reducciones aplicables a tu caso específico.
Verifica tu grupo de parentesco (I, II o III) y aplica el beneficio:
- Madrid/Andalucía/Baleares/C. Valenciana: Bonificación del 99% para cónyuges e hijos.
- Madrid (Novedad 2025/26): Bonificación del 50% para hermanos, tíos y sobrinos (Grupo III).
- Castilla-La Mancha: Bonificaciones del 80% al 100% según base liquidable.
Listo, cuando: Has calculado la cuota tributaria neta aplicando los descuentos de tu comunidad.
Reúne a todos los herederos para firmar la escritura pública. Este documento es esencial para cambiar la titularidad de inmuebles y disponer del dinero en los bancos.
Listo, cuando: La escritura está firmada por todos los herederos y el Notario.
Presenta la autoliquidación en la Agencia Tributaria autonómica. Tienes un plazo de 6 meses desde el fallecimiento. Si necesitas más tiempo, solicita una prórroga antes del quinto mes.
Listo, cuando: Tienes el justificante de presentación y pago (o exención) del impuesto.
Si heredas bienes inmuebles urbanos, debes liquidar este impuesto en el Ayuntamiento correspondiente. Tienes el mismo plazo de 6 meses. Recuerda que si el valor del suelo no ha subido, puedes quedar exento según la jurisprudencia actual.
Erledigt, cuando: Has presentado la declaración del impuesto en el Ayuntamiento.
Lleva la escritura de herencia y los justificantes de pago de impuestos al Registro para poner las viviendas a nombre de los nuevos herederos. Esto es vital para poder vender o hipotecar en el futuro.
Listo, cuando: Tienes la nota de despacho del Registrador confirmando el cambio de titularidad.
Presenta la escritura y el impuesto liquidado en los bancos para desbloquear las cuentas. En la DGT, realiza el cambio de nombre de los vehículos heredados.
Erledigt, cuando: Las cuentas bancarias y permisos de circulación están a nombre de los herederos.