Excedencia voluntaria
¿Cómo pedir una excedencia voluntaria y qué derechos conservo?
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Accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social con tu Certificado Digital o Cl@ve para descargar tu Informe de Vida Laboral. Debes confirmar que tienes al menos 1 año de antigüedad en la empresa actual para ejercer el derecho según el Art. 46 del Estatuto de los Trabajadores.
- Comprueba también si han pasado 4 años desde tu última excedencia voluntaria, si aplica.
Listo, cuando: Has confirmado documentalmente que cumples el requisito de 1 año de antigüedad.
Busca el Convenio Colectivo de tu sector o empresa en el BOE o en la base de datos de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.
- Identifica el apartado de 'Excedencias'.
- Anota el plazo de preaviso (suele ser de 15 a 30 días) y si existen mejoras sobre la ley (como reserva de puesto en lugar de solo derecho preferente).
Listo, cuando: Tienes anotado el plazo exacto de preaviso y las condiciones específicas de tu convenio.
Durante la excedencia no percibes salario ni prestación por desempleo (paro). Crea una hoja de cálculo con:
- Gastos fijos mensuales.
- Fondo de emergencia necesario para cubrir la duración de la excedencia (mínimo 4 meses, máximo 5 años).
- Considera el coste de un Convenio Especial con la Seguridad Social si quieres seguir cotizando para la jubilación.
Listo, cuando: Dispones de un Excel que demuestra viabilidad económica para el periodo solicitado.
Escribe el documento formal incluyendo:
- Tus datos personales y de la empresa.
- Referencia explícita al Artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores.
- Fecha exacta de inicio y fecha de finalización.
- No es obligatorio indicar el motivo, pero sí la duración.
Listo, cuando: El documento PDF está listo para ser impreso y firmado.
Para evitar problemas legales, entrega la carta de dos formas:
- En mano: Lleva dos copias y exige que la empresa selle y firme una con la fecha actual.
- Burofax con acuse de recibo y certificación de texto: Si prevés conflicto, esta es la prueba legal más sólida.
- Asegúrate de respetar el preaviso anotado en el paso 2.
Listo, cuando: Tienes en tu poder la copia sellada por la empresa o el certificado del Burofax.
Si tu excedencia es larga, acude a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para darte de alta en un Convenio Especial. Esto te permite pagar tus propias cuotas de cotización para no perder derechos de jubilación o incapacidad permanente.
Listo, cuando: Has recibido la resolución de alta en el Convenio Especial.
La excedencia voluntaria solo otorga derecho preferente al reingreso, no reserva de puesto. Es vital mantener el contacto:
- Agenda en tu calendario 1 café o llamada cada 3 meses con colegas clave o tu responsable.
- Objetivo: Saber si hay vacantes o cambios estructurales en el equipo.
Listo, cuando: Hay 4 eventos de 'Networking Empresa' programados en tu calendario anual.
Aunque el convenio no lo exija, envía una carta de solicitud de reincorporación con al menos un mes de antelación al fin de tu excedencia.
- Menciona que tu derecho es preferente ante vacantes de igual o similar categoría.
- Según la jurisprudencia de 2025 (TS), la empresa no puede cubrir tu puesto con nuevas contrataciones si tú has pedido volver.
Listo, cuando: Has enviado la solicitud de reingreso por un medio fehaciente (Burofax o email con confirmación).